Autorización Estancia por Estudios
Abogados especialistas en tramitación de autorización de estancia por estudios
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Todo extranjero que desee permanecer en territorio español por un lapso superior a 90 días con la finalidad de cursar estudios a tiempo completo, conducentes a la obtención de un título o certificado, deberá solicitar y obtener una autorización de estancia por estudios.
Dicha solicitud puede ser presentada en la oficina consular de España en el país de origen o de residencia del solicitante o directamente en el territorio español.
Para tramitar este tipo de autorización, es necesario haber sido admitido de manera previa en un centro de enseñanza autorizado en España y contar con los medios económicos para cubrir los costos asociados a sus estudios y manutención durante la duración de los mismos.
Esta autorización permite al extranjero permanecer es España acompañado de su familia y también se contempla la posibilidad de ser otorgado a extranjeros menores de edad que pretendan estudiar es España, siempre y cuando cuenten con la autorización de sus padres o tutores.
Si bien esta autorización de estancia supone beneficios como la posibilidad de desplazarse por el espacio Schengen, la posibilidad de ser modificada a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena, debemos recordar que no es una autorización de residencia y en consecuencia el tiempo que se permanezca en España en condición de estancia, no computará como tiempo de residencia para adquirir la nacionalidad española.
Nuestra recomendación es solicitar una residencia no lucrativa en las dependencias consulares de España en el país de origen o de domicilio del solicitante y una vez en España matricularse y cursar los estudios que desee, sin embargo cada caso es diferente y no todo el mundo cumple con los requisitos para solicitar esta autorización, sin embargo nuestro equipo cuenta con la capacitación y el personal cualificado para orientarte en todo el proceso e indicarte la opción más viable según tu perfil.
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