Agilización Expediente Nacionalidad

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Es de conocimiento público el retraso existente en la resolución de los expedientes de solicitud de nacionalidad por residencia; aún es posible encontrar expedientes de los años 2014 e incluso 2013 y anteriores sin resolver.

Para intentar resolver el atasco se modificó el procedimiento implementado la obligatoriedad de presentación vía telemática, considerando que al llegar toda la documentación digitaliza, se reducirían los tiempos de espera.

No obstante, los expedientes presentados personalmente con anterioridad al nuevo procedimiento también deberían ser digitalizados antes de iniciar el estudio y resolución de los expedientes presentados de forma telemática, lo cual ha ocasionado que el retraso se mantenga e incluso que empeore.

Ante esta situación ha surgido la necesidad de recurrir a los mecanismos legales existentes para dar respuesta a la problemática y es que el procedimiento actual, concede al Ministerio de Justicia, órgano competente para resolver las solicitudes de nacionalidad por residencia, el plazo de un año para pronunciarse. Al no hacerlo dentro de ese lapso, el solicitante puede entender desestimada su solicitud, es decir, que la misma ha sido denegada.

Entender que ha sido denegada la solicitud abre las puertas a una demanda judicial, en este caso el recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, órgano competente para conocer las impugnaciones de los actos emanados del Ministerio de Justicia. Cabe acotar que existen otros medios de impugnación en sede administrativa, sin embargo no es necesario el agotamiento de esta vía para recurrir en sede judicial, y de hecho no se recomienda actualmente por cuanto no representan una solución al solicitante.

Ahora bien, la normativa reguladora del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia establece que:

“El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación. Si no hubiera notificación, el plazo para recurrir será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado”

Esto indica que al día siguiente de haber transcurrido un año desde que fue presentada la solicitud, es posible interponer el recurso contencioso administrativo, para lo cual, en principio se cuenta con un lapso de seis meses, sin embargo, jurisprudencialmente se ha admitido la posibilidad de recurrir una desestimación presunta por silencio administrativo aun cuando el tiempo para ejercitar la acción ha precluido.

La praxis ha indicado que una vez admitido a trámite, se requiere al Ministerio de Justicia a fin de que envíe el expediente administrativo de la solicitud de nacionalidad, otorgándole un plazo para ello.

Una vez sea requerida la administración, se podrá observar que en pocos días cambia el estado del expediente de nacionalidad y si toda la documentación obrante es conforme a los requisitos legalmente establecidos, en poco tiempo debería ser concedida la nacionalidad.

A continuación, la administración notificará al órgano judicial que la nacionalidad ha sido concedida, con lo cual hay una resolución extraprocesal, no habiendo materia sobre la cual decidir por parte de la Audiencia Nacional.

Esto es así en la mayoría de los casos, sin embargo, bien podría la administración remitir el expediente a la Audiencia Nacional, atendiendo de esta manera el requerimiento que le ha realizado, caso en el cual se seguiría el curso del proceso y sería este cuerpo colegiado el que resuelviera sobre la solicitud, situación que no debería representar ningún obstáculo para aquellas solicitudes presentadas dando cumplimiento a todos los requisitos y exigencias legalmente estipuladas.

El equipo de SLX ha logrado agilizar los expedientes de varios de sus clientes, obteniendo la nacionalidad española por residencia en menos tiempo. Podemos ayudarte a agilizar tu expediente y acabar con la espera.

 

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