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Requisitos y documentación exigible
1.- Ser ciudadano de alguno de los siguientes países:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza.
Deberá aportarse original y copia de su documento de identidad nacional o de su pasaporte.
2.- Dependiendo del supuesto deberá acreditar:
a.- En caso de ser trabajador por cuenta propia deberá aportarse alguno de los siguientes documentos:
– Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
– Justificación de su establecimiento mediante Inscripción en el Registro Mercantil.
– Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.b.- En caso de ser trabajador por cuenta ajena deberá aportarse alguno de los siguientes documentos:
– Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
– Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
– Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.c.- En caso de ser estudiante deberán aportarse los siguientes documentos:
– Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
– Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
– Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.
– Documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores, caso en cual quedará exente de aportar los documentos referidos anteriormente.d.- En caso que no realice actividad laboral en España ni sea estudiante deberá presentar los siguientes documentos:
– Documentación acreditativa de disponer de recursos económicos para su sostenimiento y el de los miembros de su grupo familiar durante el tiempo de residencia en España.
– Para demostrar que se cumple con este requisito será suficiente con acreditar que se perciben anualmente o se dispone por persona de una cantidad similar a aquella fijada como límite por el estado para tener derecho a una pensión no contributiva, que para enero de 2020 quedó fijada en 5.538,40€.
– Acreditar tener cubierta su asistencia sanitaria y la de su grupo familiar. A fin de acreditar este extremo es suficiente aportar documentos que permitan demostrar que se tiene una póliza de seguro privada con cobertura similar a la del sistema público español o que se es titular o beneficiario de un sistema sanitario público que correrá con sus gastos durante su residencia en España.3.- Impreso de la solicitud en modelo oficial (EX – 18), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
4.- Original y copia del documento de identidad o pasaporte y del certificado de registro del ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza que le da el derecho. En el caso de ciudadanos españoles, se deberá aportar original y copia del DNI.
5.- La tasa que debe abonarse es el modelo 790, código 012.
6.- La solicitud deberá ser presentada en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía que corresponda al domicilio del solicitante.
7.- La administración resolverá y entregará el respectivo certificado inmediatamente.
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