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¿Cuánto tiempo tiene el Ministerio de Justicia para resolver una solicitud de nacionalidad española por residencia?
De acuerdo a la normativa vigente, el plazo para resolver la solicitud de nacionalidad por residencia es de un (1) año, contado a partir de la fecha en que ha tenido entrada el expediente en la Dirección General del Registro y del Notariado.
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¿Desde cuándo comienzo a contar el año si presenté mi expediente de forma telemática?
En el caso de los expedientes presentado por vía telemática, estos han tenido entrada en el momento es que se ha enviado la solicitud, la cual debe constar en el justificante de presentación de la solicitud.
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¿Qué opciones tengo si ya ha transcurrido un año desde que mi expediente ha tenido entrada?
Hay varias opciones, inicialmente puedes optar por esperar que sea resuelta la solicitud o bien acogerte al silencio administrativo y entender que tu solicitud ha sido denegada y por ello recurrir esa denegatoria presunta, lo cual se puede hacer interponiendo algún recurso administrativo o el recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. Siendo esta última la única opción que ha generado efectos positivos de acuerdo a nuestra experiencia.
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¿Qué tiempo tengo para recurrir la denegatoria presunta por silencio administrativo ante la Audiencia Nacional?
En principio la demanda debe ser presentada dentro de los 6 meses siguientes al día en que se puede entender como denegada la solicitud, sin embargo, existe el criterio que no se puede limitar el tiempo para recurrir la desestimación presunta por silencio administrativo, con lo cual sería viable intentar el recurso a pesar de haber transcurrido más de 6 meses.
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¿Puedo interponer el recurso por mi cuenta?
No, de acuerdo a la normativa vigente, es preceptiva la asistencia letrada y estar representado por procurador.
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¿Cuánto tiempo demorarán en resolver mi solicitud una vez interpuesto el recurso contencioso administrativo?
No es posible indicar un tiempo exacto de resolución, sin embargo, la experiencia nos ha indicado que en menos de un mes luego de presentado el recurso, podremos observar avances en el estado de la solicitud de nacionalidad.
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¿Es recomendable que presente el recurso contencioso administrativo para agilizar mi solicitud de nacionalidad?
Si has presentado tu solicitud hace más de un año, has acompañado a dicha solicitud la documentación exigible y has dado cumplimiento a todos los requisitos para que te sea concedida la nacionalidad por residencia, nuestra recomendación es que presentes el recurso contencioso administrativo contra la denegación presunta por silencio administrativo, al ser este un mecanismo legal que permite al justiciable ejercitar sus derechos y buscar un reconocimiento de los mismos por parte del Estado.
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